LA ESTUPIDEZ CREATIVA
Compartir en TwitterDe tanto en tanto la Administración tributaria reserva sorpresas.Hay una tentación a inventar que la supera y que puede entenderse como fruto podrido de la extinta defensa de la autonomía del derecho tributario.
Hubo un tiempo en que los cultores públicos y privados de la aplicación de la norma tributaria creían que la especificidad lógica de la materia les consentía separarse del total órden jurídico.Creían que el impuesto transformaba mágicamente cualquier otro concepto o instituto derivado de otras ramas del conocimiento,porque,precisamente,el impuesto era único y su función intransferible.
1.En los inicios tuvo esa posición sus momentos de gloria.Parecía que Trotabas,fiscalista francés en boga,había derrotado,nada más y nada menos que a Geny,jurista frances de altísimo nivel.Esto no podía durar.Fue suficiente que el derecho tributario se colocara establemente en el sistema jurídico constitucional y ordinario para que las pretensiones se fueran naturalmente ajustando a la realidad.Pero,esto no excluye que aún hoy sobreviva,a veces,la estúpida creatividad,la convicción esteril que la materia tributaria tiene el poder mágico de cambiar conceptos e institutos que provienen de otras materias o fuentes del derecho,incluso de mayor jerarquía.Y esto afecta,sobre todo,a la Administración cuando se refleja a si misma como ente pensante,que no es lo suyo,o predicadora de barrio,que tampoco.
El Acuerdo sobre la Propiedad Intelectual relacionada con el Comercio(TRIP´s) integra el sistema jurídico de la Organización Mundial del Comercio.España es miembro de la OMC y,por tanto,obligada al cumplimiento de sus deberes y al goce de los derechos adquiridos.
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