Blanqueo y Delito Fiscal.
Compartir en TwitterEl blanqueo es el acto u operación que designa la transformación del origen ilícito del dinero en lícito mediante simulación para su posterior incorporación al circuito económico legalmente impecable.
Se decía que cabía distinguir el blanqueo de fondos ilícitos, de carácter criminal, terrorista o derivado del narcotráfico respecto a los “fondos de origen ilícito que simplemente se pretende sustraer al fisco”.
Sin perjuicio de entender que no es igual, en términos de gravedad social, el tráfico de drogas que la evasión fiscal del contribuyente a cargo de una actividad económica cualquiera; no menos cierto que, el blanqueo, como propósito, es indiferente a la naturaleza primera del origen del dinero y decididamente imparcial, como procedimiento, tanto frente al crimen organizado cuanto al honesto evasor fiscal. Es decir, el blanqueo supone siempre y en todo caso una trasgresión, una infracción al ordenamiento jurídico subyacente cuyo objeto son bienes o derechos que derivan, precisamente, de su realización. La fuente del blanqueo es siempre una conducta ilícita, sea por causa de crimen organizado, terrorismo o, también, evasión fiscal (simulación).
El blanqueo, a la luz de la directiva 91/308/CEE de